La Justicia laboral ha tomado una decisión significativa al dictar una medida cautelar que suspende los aspectos relacionados con el trabajo en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) número 70/23 anunciado por el presidente Javier Milei.

Esta acción legal fue tomada por la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en respuesta a la apelación presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) después de que el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 69 desestimara la cautelar previamente.

En esta instancia, la Cámara del Trabajo, por mayoría de votos a favor, compuesta por Alejandro Sudera y Andrea García Vior, ha decidido suspender las modificaciones laborales propuestas en el amplio DNU.

Al explicar su fallo, Sudera destacó que se han configurado circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la imposición de una medida cautelar que suspende la aplicabilidad de lo establecido en el Titulo IV Trabajo del DNU hasta que se emita una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

García Vior expresó su acuerdo con Sudera en este sentido. Sin embargo, la jueza Dora González emitió un voto en disidencia y se inclinó por "remitir las actuaciones a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para la elucidación de la contienda de competencia".