Se oficializaron las modificaciones en el monotributo, y se fijó una nueva fecha límite para realizar la recategorización
La Resolución General 5637/2025, publicada en el Boletín Oficial, establece las bases que utilizará ARCA para calcular las categorías del monotributo
El Gobierno inició la recategorización de monotributistas, con fechas entre el 15 de enero y el 5 de febrero. La Resolución General 5637/2025 oficializó cambios en el Régimen Simplificado, usando el IPC como base para actualizar semestralmente las categorías. La recategorización se notificará electrónicamente en los 10 días hábiles posteriores al cierre del período.
Las escalas actualizadas, considerando una inflación semestral del 21,14%, quedaron así:
- A: hasta $7.813.530. Impuesto: $32.223.
- B: hasta $11.447.730. Impuesto: $36.681.
- C: hasta $16.051.050. Impuesto: $42.954.
- D: hasta $19.927.530. Impuesto: $55.050.
- E: hasta $23.440.590. Bienes: $77.951; Servicios: $70.440.
- F: hasta $29.376.450. Bienes: $98.103; Servicios: $84.535.
- G: hasta $35.130.600. Bienes: $149.845; Servicios: $103.328.
- H: hasta $53.301.600. Bienes: $340.081; Servicios: $206.827.
- I: hasta $59.661.450. Bienes: $627.030; Servicios: $309.038.
- J: hasta $68.322.960. Bienes: $759.464; Servicios: $377.873.
- K: hasta $82.375.200. Bienes: $1.050.386; Servicios: $456.800.