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El debate no es nuevo y lamentablemente Olavarría tiene al menos un antecedente trágico. Lo que cambia es que ahora el debate llegó a la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a partir de un proyecto de ley presentado por un legislador del Frente Renovador. La colocación de cercos perimetrales electrificados en domicilios particulares parece estar cerca de tener su marco legal, haciendo resurgir una polémica en la que parece no haber grises entre los detractores y las voces a favor. Lo que sí parece cosechar algo de consenso es que el tema, ya no puede ser eludido y necesita urgente algún tipo de reglamentación, sea para prohibirlos o aprobarlos, tal cual ocurre en distintos países y es el objetivo de esta iniciativa.

A mediados de enero último ganó estado parlamentario el proyecto de ley para reglamentar "la instalación y uso de cercos eléctricos de seguridad para uso privado" en el territorio bonaerense, que fue redactado por el diputado massista Lisandro Bonelli. Actualmente el escrito se estudia en la Comisión de Seguridad y Asuntos Penitenciarios, donde ingresó el pasado viernes 4 de marzo. Para llegar a su tratamiento sobre tablas también deberá cosechar el aval de las comisiones de Derechos Humanos, Legislación General, y Asuntos Constitucionales y Justicia.

El proyecto reúne varios puntos que merecen tanto su mención como análisis. En primera instancia pone el plazo de 120 días para que aquellos que ya los poseen en sus viviendas regularicen su situación y se adecuen a la normativa. También impone que sea "personal registrado y habilitado", el encargado tanto de la instalación como del mantenimiento.

Vale destacar que quedan fuera de esta legislación "los cercos eléctricos de uso rural (boyeros) y los utilizados en las dependencias de las fuerzas de seguridad provinciales y nacionales y de las fuerzas armadas acantonadas dentro de los límites de la Provincia". La nueva propuesta pretende avanzar sobre el actual vacío legal que existe sobre el uso en viviendas en particular.

"No quedás pegado"

Una de las principales inquietudes, y por qué no temores, es acerca de los riesgos puntuales que conlleva este tipo de instalación. Es por ello que desde EL POPULAR se logró el contacto con Fabricio Mondini, quien se encarga de la colocación de este tipo de cercos en domicilios particulares. Lo hace para una firma santafesina, e inclusive relató que debió concurrir a la ciudad de Sunchales para capacitarse en este rubro.

"Los equipos están bajo la norma española", detalló reconociendo a la par la ausencia de reglamentación que aún existe en nuestro país. En la Argentina son varias las firmas que ofrecen este servicio y todas detallan que lo hacen bajo normativas de seguridad (IEC 60335-2-76) y certificaciones internacionales.

Uno de los puntos clave que detalla de manera explícita el proyecto redactado por Lisandro Bonelli es que los cercos deben estar a una altura mínima de 2,20 metros. "No los vas a tocar sin querer", enfatizó Mondini mientras hacía hincapié en esta disposición. Además, si bien ya se realiza, también se detalla que se debe colocar cartelería que advierta que los alambres se encuentran electrificados.

"No quedás pegado como sucede con la corriente doméstica", explicó a medida que daba cuenta que los equipos funcionan con pulsos de alto voltaje pero de bajo amperaje. Estos pulsos, alrededor de 50 por segundo, generan una descarga muy fuerte y dolorosa que por algunos segundos inutiliza los músculos de quien lo toca, expulsándolo de ese sitio. Mondini señaló a este Diario que la descarga que se recibe es de 750 voltios, pero al no ser continuo la persona no queda "pegada" y las consecuencias no suelen ser fatales, a menos que se trate de personas con antecedentes cardíacos o que utilicen, precisamente, un marcapasos o equipos de ese sentido.

"Cuando se activa suena una chicharra", continuó el especialista, al tiempo que dejó de manifiesto que estos equipos funcionan también como alarma. "Se pueden configurar como zona perimetral en una alarma asistida", añadió. Asimismo, el sonido del cerco también se activa cuando se cortan los cables o cuando los mismos se tocan entre sí, algo que puede suceder en casos en los que personas que quieran ingresar al lugar coloquen una goma o algún elemento encima. "No hay manera de sabotearlo", subrayó.

"No es adecuado ponerse a hacerlo sin los equipos utilizados para esto", prosiguió, y en la retina de la comunidad aparece la imagen del trágico episodio que se registró a fines de 2006 cuando un albañil de 57 años murió al tocar un alambre electrificado en una vivienda del barrio Hipólito Yrigoyen (ver recuadro). Actualmente en nuestra ciudad hay no menos de 30 viviendas que cuentan con este tipo de equipos sobre el perímetro de la propiedad.

Con respecto a los countries también existen distintas normativas para regular la colocación y evitar contactos accidentales. En este caso, los alambres electrificados se colocan detrás del cerco perimetral, a una diferencia de unos 20 centímetros. Algo similar ocurre del lado de adentro del barrio privado, donde aproximadamente a un metro de los equipos con corriente se coloca un nuevo cerco para que no sea tocado. "Esto lo aprendimos en las capacitaciones, la idea es no hacer algo que genere un riesgo, nos enseñan a hacer trabajas seguros", señaló.

Por último se señaló que los costos para la instalación de estos equipos dependen de la extensión de la propiedad a colocar el cerco, pero que los valores se inician en alrededor de los 15.000 pesos, usando como parámetro un perímetro de 60 metros.

"Las intenciones no

se pueden presumir"

"No está prohibido; si no está prohibido, está permitido". Esa fue la manera en la que una fuente judicial en diálogo con EL POPULAR inició desde su óptica el análisis ante el ya aludido vacío legal. Desde el comienzo dejó sentado su oposición a la medida y buscó alertar a la comunidad ante los riesgos legales y penales que se corren al instalar estos equipos en el domicilio.

Vale destacar que la colocación en sí no configura un delito, como tampoco lo es la labor realizada por las personas de este rubro. Pero lo que debe saberse aquí es que los titulares del domicilio deberán responder ante el caso de personas que sufran algún tipo de consecuencia ocasionada por estos cercos.

"Lo que existe es lo que pasó, son los hechos, la intenciones no se pueden presumir", respondió la misma fuente cuando se le preguntó acerca de cómo se encuadra o se sigue la investigación cuando una persona resulta con lesiones o problemas físicos por la descarga eléctrica. "Si bien hay elementos indiciales, que suelen ser valorados, la causa se debe manejar con hechos o consecuencias", señaló a medida que planteaba la dificultad que genera plasmar la intención de robo.

Añadió que además de perjuicios económicos, como lo pudiera ser si la situación arriba a una instancia civil, quien coloca este tipo de equipos en su casa se expone a acciones legales y la posibilidad de recibir penas de cárcel de efectivo cumplimiento en caso de ocasionar la muerta de una persona.

"El máximo bien jurídico protegido es la vida, que es el valor supremo. Es por ello que los delitos por robo tienen como pena máxima 6 años y los homicidios van de 8 a 25 años", continuó. "Toda defensa privada, como lo pueden ser puertas, rejas que fueran rotas en un hecho agravan el delito, lo mismo con el escalamiento, para ello ya está la Justicia", añadió segundos después.

Si bien, como se refirió previamente, la descarga eléctrica no resultaría fatal -salvo con personas con afecciones cardíacas, como también se aclaró líneas más arriba- y lo que hay que contemplar a la hora de los riesgos o consecuencias es la caída. Hay que tener en cuenta que la persona caerá de no menos de 2,20 metros y sin mayor respuesta como para poder acomodar su cuerpo. "Si ocasiona la muerte estamos hablando de un homicidio culposo con dolo eventual", subrayó. Bajo esa carátula se encuadran aquellos episodios en los que el acusado con sus actos no busca directamente la muerte de otra persona, pero a la par asume que ese puede ser un riesgo. Esta figura suele utilizarse muchas veces en casos de muertes en accidente cuando el conductor se encuentra bajo efecto de algún tipo de sustancia.