El gobierno oficializó el fin de la percepción del 30%
Así, las compras de billetes y divisas realizadas por personas físicas y sucesiones indivisas para atesoramiento o sin un destino específico ya no pagarán el arancel.
Desde hoy comienza a regir plenamente el nuevo régimen cambiario, por ello, las compras de billetes y divisas en moneda extranjera realizadas por personas humanas y sucesiones indivisas, ya sea para atesoramiento o sin un destino específico, dejan de estar alcanzadas por el régimen de percepciones. Del mismo modo, quedan exentas las operaciones destinadas al pago de obligaciones por importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).
Sin embargo, las percepciones continuarán aplicándose sobre las compras en moneda extranjera efectuadas con tarjeta de crédito o débito, así como otros medios de pago similares. Es decir, los consumos en dólares en servicios digitales, turismo, pasajes y otras categorías seguirán generando cargos impositivos en los resúmenes de cuenta.
Las compras en el exterior con tarjeta se liquidan al denominado "dólar tarjeta" o "turista", compuesto por el dólar oficial más un recargo del 30% correspondiente a percepciones por adelanto de Ganancias y Bienes Personales. Eso, en los papeles, seguirá vigente en el nuevo régimen cambiario.