Según indicaron, "de esta manera se logra un tránsito más fluido, debido a la mayor cantidad de sectores con giro a la izquierda sobre avenidas, sin posibilidad de producirse siniestros, si se respetan las señales luminosas del semáforo".

Respecto al giro a la izquierda en calles/avenidas de doble mano, se informa que la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, en su artículo 44 inciso f, dice: "En vías de doble mano no se debe girar a la izquierda salvo señal que lo permita".

Es muy importante tener en cuenta que no es necesario que esta prohibición de giro esté señalizada, ya que hay muchas avenidas que no están señalizadas con la prohibición de giro a la izquierda, pero está prohibido por Ley, y el acto de girar a la izquierda sobre calles/avenidas de doble mano es causa de posibles multas.