Cuéllar presentó ante el TSE  la sentencia del Tribunal Constitucional, que lo inhabilita a Evo Morales como candidato a la presidencia.

La opinión consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la sentencia constitucional 1010/2023, del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), ambas vinculantes, recuerdan que Evo Morales está inhabilitado para ser candidato a las elecciones de 2025.

Bajo esa línea, en Bolivia se aplica el Artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), que señala que “el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.

Esta cláusula prohíbe la habilitación de Morales para cualquier elección futura, porque ya gobernó en tres periodos: 2006 – 2009, 2009 - 2014 y 2014-2019.