"El proyecto para declarar la Emergencia hace más de un año que lo presentamos"
Luego del anuncio del intendente municipal Ezequiel Galli sobre el envío de un proyecto al Concejo Deliberante para la exención del pago en la tasa de Seguridad e Higiene del 50% a los monotributistas, el concejal Eduardo Rodríguez envió un comunicado donde asegura que "el Proyecto de Ordenanza para Declarar la Emergencia PYME hace más de un año que lo presentamos en el Concejo Deliberante con medidas concretas para su apoyo".
Agregó que "ante el anuncio del Intendente Galli, quiero recordar que en abril del 2017 junto con integrantes de la Asociación Civil Olavarría Pública presentamos en el Concejo Deliberante un Proyecto de Ordenanza que busca declarar la Emergencia de las Pequeñas y Medianas Empresas en el Partido de Olavarría durante el año 2017".
El comunicado de Rodríguez
"Hace 20 días que lo venimos trabajando y sabemos que otros Municipios están haciendo lo mismo" dice ahora el Intendente Ezequiel Galli, tratando de tapar el sol con las manos.
El Proyecto para ayudar a nuestras PYMES hace más de un año que está en el Concejo Deliberante y no ha sido tratado en Sesión por la falta de voluntad de Cambiemos.
El Proyecto de Ordenanza presentado en abril de 2017 sostiene la necesidad de crear una Mesa Pyme Olavarría que deberá tener como objetivo sostener y aumentar la producción y el empleo y que esté integrada por un representante del Departamento Ejecutivo designado por el Intendente, el Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico del HCD y un representante de cada una de las cámaras representativas del sector Pyme.
Entre otros de los puntos fuertes del Proyecto se destacan también la exención del pago de la Tasa Municipal de Seguridad e Higiene; la creación de un plan de regularización de pagos para aquellos contribuyentes que no hayan abonado dicha Tasa en tiempo y forma, hasta marzo de 2017.
Es en este sentido que la declaración de Emergencia Pyme incluiría además la suspensión -por 180 días- de las ejecuciones fiscales por tasas municipales adeudadas.
El Texto completo del Proyecto de Ordenanza de Emergencia Pyme
Que en la Provincia de Buenos Aires, la composición de las empresas indica que el 5,6% son grandes (1.485), el 12,3% medianas (3.259), el 34,5% pequeñas (9.109) y el 46,7% (12.568) son microempresas;
Que las Pymes aportan casi un 70% del empleo en Argentina;
Que la composición de las empresas en Olavarría responde, en general, a esos mismos indicadores;
Y CONSIDERANDO:
Que según surgen de datos publicados por el INDEC la industria atraviesa una crítica situación, ubicando la Utilización de la Capacidad instalada en valor del 60%;
Que, de acuerdo con datos del Estimador Mensual Industrial, la actividad industrial de 2017 con respecto al mismo período de 2016 muestra una disminución de 3,5%;
Que según surge de datos de la CAME la actividad comercial registró una caída de 3,7% en el primer trimestre de 2017 comparado con igual período de 2016;
Que el último trimestre de 2016 exhibe una caída del 1,5% en la cantidad de puestos de trabajo asalariados registrados, respecto a igual período de 2015.
Que las exigencias tributarias del Estado se han mantenido prácticamente en los mismos niveles relativos que para otros escenarios económicos menos críticos.
Que, por lo anterior, resulta imperioso que el Estado adopte todas las medidas para proteger a las Pymes del Partido, generadoras de empleo y riqueza.
Que ha sido el mismo estado Nacional mediante el dictado de la denominada "Ley Pyme" quien advierte que es necesario impulsar al sector proponiendo políticas que a su entender actuarían a tal efecto y a la cual el estado Provincial a la fecha no adhirió ni actuó en consecuencia en el mismo sentido.
Que Olavarría debe advertir a las autoridades provinciales y nacionales acerca del estado de sus Pymes, colocando el tema en agenda pública y proponiendo en forma urgente las medidas que reviertan la situación.
Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en el marco de la Sesión, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1o: Declárase la Emergencia Pyme en el Partido de Olavarría, durante el año 2017, en consideración de las empresas que se ajusten a lo establecido en la Ley 25.300 y la Resolución (SEPyME) 24/2001, sus modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 2o: Créase la Mesa Pyme Olavarría, de trabajo sectorial con el fin de consensuar y ejecutar acciones tendientes a sostener y aumentar la producción y el empleo. La misma estará integrada por la Municipalidad de Olavarría, con un representante del Departamento Ejecutivo designado por el Intendente Municipal y el presidente de la Comisión de Desarrollo Económico del Concejo Deliberante, y un representante de cada una de las cámaras representativas del sector.-
ARTÍCULO 3°: Exímase del pago de la tasa por Tasa por Servicios de Seguridad e Higiene municipal, durante la vigencia de la Emergencia PYME y en los porcentajes detallados a continuación, a todos aquellos contribuyentes del Partido de Olavarría que acrediten una merma en los valores de facturación acumulados durante el año calendario 2016 respecto de los valores de facturación acumulados durante el año calendario 2015.
A los efectos de la comparación los importes facturados durante el período 2015 deberán ser ajustados por el porcentaje de inflación reconocida por el INDEC para el período 2016.
Contribuyente considerado Micro: 40% Contribuyente considerado Pequeña: 30% Contribuyente considerado Mediana tramo 1: 20% Contribuyente considerado Mediana tramo 2: 10%
A los efectos de su encuadre dentro de las categorías detalladas los contribuyentes deberán ajustarse a lo establecido en la Ley 25.300 y la Resolución (SEPyME) 24/2001, sus modificatorias y complementarias
ARTÍCULO 4°: Establécese un plan especial de regularización de pagos para aquellos contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene, cuyo vencimiento se hubiera operado hasta el 31 de marzo de 2017 inclusive, siempre que se presenten a regularizar su situación fiscal en los términos de la presente Ordenanza y dentro del plazo que al efecto establezca el Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 5°: Suspéndase hasta ciento ochenta (180) días posteriores a la finalización del período de emergencia PYME, la iniciación de ejecuciones fiscales por vías de apremio, para el cobro de tasas municipales adeudadas por los contribuyentes comprendidos en la presente Ordenanza. Por el mismo período y con alcance a las mismas tasas, quedará suspendido el curso de los términos procesales y de la caducidad de la instancia en aquellas acciones y procesos de ejecución que se hallaren en trámite.
ARTÍCULO 6°: Las PYMES gozarán de estabilidad fiscal para la totalidad de las tasas municipales, por el periodo 2017 y 2018. Por tal motivo no podrán ver incrementada su carga tributaria total local respecto a la vigente al 31/03/2017.
ARTÍCULO 7°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a arbitrar los medios necesarios para colocar en agenda pública provincial la problemática actual de las Pymes del Partido de Olavarría, solicitando acciones tendientes a revertir la situación de crisis del sector.
ARTÍCULO 8°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los hechos y actos administrativos, necesarios para el cumplimiento de la presente.-
ARTÍCULO 9°: Comuníquese, publíquese, dese al Registro de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones; cúmplase y oportunamente archívese.